domingo, 3 de agosto de 2014

La verificación, caducidad y pago de las participaciones.

En el Sorteo de Navidad de Lotería Nacional es común que se pongan en venta participaciones de décimos. Estas participaciones, que pueden surgir también en relación a otros sorteos, son boletos en los que se reconoce al comprador una parte proporcional a los premios que consiga un número concreto el día del sorteo.

Un ejemplo de participación podría costar 2,50 euros e incluir la apuesta de 1 euro al número 20.514, la apuesta de 1 euro al número 78.317 y 50 céntimos de aportación para los creadores de la participación.
Si el número 20.514 obtiene un premio en el sorteo, como la participación es de 1 euro, la participación debe recibir 1/20 parte del premio que corresponda al décimo 20.514. 
Las participaciones se crean y se venden por parte de personas o entidades ajenas a Loterías y Apuestas del Estado. Por este motivo, en caso de premios, los compradores deben acudir a quien les vendió la participación.

Los pasos correctos en un proceso de venta y cobro de participaciones en el sorteo de navidad serían los siguientes:
  1. El creador de las participaciones compra una cantidad de décimos de un número concreto, suficiente para cubrir las participaciones que quiere crear.
    Si por ejemplo, quiere repartir o vender 100 participaciones de 1 euro de un número concreto, deberá tener 100 euros en lotería (5 décimos) de ese número. 
  2. Se crean boletos correspondientes a las participaciones. En ocasiones, los boletos se venden por un precio mayor que el que suponen las participaciones. Este sobreprecio es la aportación que realizarán los compradores de participaciones al emisor de las mismas que puede ser, por ejemplo, una asociación que busca financiarse. 
  3. Si el número incluido en las participaciones resulta premiado, el emisor de las participaciones realizará el cobro de los décimos que cubren estas participaciones. El importe cobrado, lo repartirá entre los compradores de los boletos. 
En general, una participación de un décimo de lotería premiada se tiene que reclamar al vendedor de las participaciones; no a una administración de lotería.
Existen casos en los que se ha llegado a un acuerdo entre una asociación y los responsables de un despacho concreto de lotería, que venden las participaciones y gestionan también el cobro. Estos casos son acuerdos particulares entre el lotero y la entidad que crea las participaciones; en caso de problemas, Loterías y Apuestas del Estado no tendría nada que ver. 
Caducidad en el pago de participaciones.
Los boletos de participaciones no suelen especificar una fecha de caducidad.
En esta situación, lo normal es considerar la misma caducidad que tiene el juego base (tres meses o 30 días naturales, dependiendo de si el juego es de Loterías y Apuestas del Estado o de la ONCE).  No obstante, si una persona intentase cobrar un premio con posterioridad a esta fecha base, dado que no hay una fecha de cobro explícita, probablemente tendría buenas perspectivas en caso de llegar a un juicio.

Fraudes y control en las participaciones de lotería.
En la venta de participaciones son posibles fraudes por parte del vendedor o por parte de alguno de los compradores.
  • Si un vendedor pone en venta participaciones que no están resguardadas por billetes de lotería, en caso de que el número resulte premiado no podría canjear los billetes de lotería para obtener el dinero con qué pagar a los compradores de las participaciones. En ese caso, probablemente habría un juicio y el vendedor se vería obligado a hacer frente a los pagos con fondos propios. 
  • Si las participaciones emitidas tienen un soporte que sea fácil de copiar o falsificar, podría darse el caso de que ante un premio apareciesen más participaciones al cobro que participaciones realmente vendidas. Entre las precauciones básicas para evitar este problema figuran numerar las participaciones, poner en cada participación un sello o una firma difícil de imitar y llevar un control de las participaciones a las que se han ido liquidando los posibles premios. 
Indice > Otros Asuntos. El cobro de premios.
Fiscalidad en los premios de lotería.


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